Fuentenovilla. 2 de febrero de 2021. En una nota informativa, emitida el día 27/01/2021, se comunicó la puesta a disposición de los vecinos de un modelo de declaración de daños materiales ocasionados por la borrasca Filomena con el fin de que por los organismos oficiales se hiciera una evaluación global de los daños ocasionados por la misma en este municipio.

Sin embargo, la normativa reguladora para solicitar ayudas por zonas catastróficas se encuentran en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-4573 y en la Ley 17/2015 de 9 de julio del Sistema Nacional de Protección Civil https://www.boe.es/eli/es/l/2015/07/09/17/con.

En estas direcciones se puede acceder a normativa y formularios. Todas las cuestiones se recogen conforme a esta normativa, sin perjuicio de posibles futuras convocatorias específicas del Gobierno, a las que se habrá de concurrir de forma independiente.

Procedimiento para las solicitudes

Las solicitudes se presentarán en la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara mediante los modelos de solicitud que se encuentran recogidos en la ORDEN INT/277/2008, de 31 de enero por la que se desarrolla el Real Decreto 307/2005 https://www.boe.es/boe/dias/2008/02/12/pdfs/A07365-07384.pdf:

  • I.- Ayudas a unidades familiares o de convivencia económica por daños materiales.
  • II.- Ayudas a unidades familiares o de convivencia económica por daños personales.
  • IV.- Ayudas a personas físicas o jurídicas requeridas por la autoridad competente para la prestación de bienes y servicios, de los que se haya derivado un gasto, daño o perjuicio económico, en situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.
  • V.- Ayudas a Comunidades de Propietarios.
  • VI.- Ayudas a personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales, comerciales y de servicios dañados por hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.

La Subdelegación comprobará el cumplimiento de los requisitos formales y, si es necesario, dará un plazo de 10 días para subsanar errores.

La Subdelegación del gobierno remitirá los expedientes a la Dirección General de Protección Civil, dentro de los 5 días siguientes.

Ésta evaluará las solicitudes, podrá realizar cuantas comprobaciones complementarias estime pertinentes y procederá a dictar la propuesta de resolución definitiva, que será dictada por el Ministerio del Interior en el plazo de 6 meses desde la presentación de la solicitud.

Plazo de presentación de las solicitudes

Conforme a la Dirección General de Protección Civil la emergencia se dio por finalizada el 18 de enero. Por tanto, teniendo en cuenta que el Real Decreto 307/2005 establece un mes desde la terminación de la misma para presentar solicitudes, el plazo concluiría el 18 de febrero.

El Ayuntamiento de Fuentenovilla pone a disposición de los vecinos los modelos de ANEXOS antes citados.